Cooperativa Creser

Los 7 Puntos Esenciales De La Reforma Tributaria

Los aspectos más relevantes para las personas naturales de la reforma tributaria del 2021

 

Buscar recursos para alimentar la caja de un país como Colombia a través del camino de una reforma tributaria en el año 2021 es lo que tiene la atención en estos días de Gremios, Gobierno, Congreso y gente del común. Y no es para menos, con lo que hemos tenido que vivir en el último año por cuenta de las repetidas cuarentenas por cuenta de la pandemia, una posible reforma que anticipa aumento de impuestos a cargo de la mayoría de la clase trabajadora y pensionada entre otras, no es algo caiga bien para los planes de estabilidad económica que buscan los hogares colombianos.

 

Aunque la propuesta de reforma tributaria venga cargada de inversión social, procurando darle sostenibilidad de los diferentes programas de gobierno asociados a la asistencia del  35,7% de la población (unos 17,4 MM de colombianos) ubicada en pobreza monetaria y al 9,6% del país (unos 4,6 MM de colombianos)  que se encuentra en pobreza monetaria extrema,  no podemos desconocer que en el ambiente ronda una profunda sensación de que el remedio será peor que la enfermedad.   

 

En este artículo te mostraremos los aspectos relevantes que se pretenden incluir, adicionar o modificar en relación con la tributación de personas naturales en el país.

 

  1. Suben los rangos a partir de los cuales las personas naturales estarán obligados a declarar o pagar impuesto de renta
    • Para el año 2022 las personas naturales tributarán si su renta liquida gravable anual sobrepasa $29.046.400 (800 UVT vigentes 2021)
    • Para el año 2023 las personas naturales tributarán si la renta liquida gravable anual sobrepasa $20.332.480 (560 UVT vigentes 2021)
  2. Rentas exentas que serán eliminadas en cabeza de personas naturales:
    • Cesantías e intereses de cesantías
    • Ahorro en cuentas AFC y aportes a Fondos de Pensiones
    • Pensiones de invalidez, jubilación, vejez y riesgos profesionales que superen las 1.600 UVT anuales
    • Primas especiales de servidores públicos y consulares
  3. Deducciones eliminadas:
    • Intereses sobre préstamos para adquirir vivienda y créditos educativos ICETEX
    • Deducción por dependientes económicos.
  4. Retención en la fuente para personas naturales, se ajustan los montos para pagos laborales:
    • En el año 2022 se hará retención en la fuente por concepto de salarios a partir de $2.178.480 (60 UVT ), como renta liquida gravable mensual.
    • En el año 2023 se hará retención en la fuente por concepto de salarios a partir de $1.416.012 (39 UVT ), como renta liquida gravable mensual.

Todos los valores están según UVT año 2021.

  1. Cambios en los rangos tarifas del impuesto de renta para personas naturales, irán del 0%al 40% .
  2. Nuevos impuestos para las personas naturales:
  • Impuesto temporal y solidario a la riqueza. Se recaudarán en los años 2022 y 2023 :
  • Personas naturales con patrimonio líquido a 1 de enero de 2022 mayor a 134.000 UVT (UVT $36.308 año 2021) deberán pagar el 1% de tarifa de impuesto.
  • Personas naturales con patrimonio líquido a 1 de enero de 2022 mayor a 402.000 UVT (UVT $36.308 año 2021) deberán pagar el 2% de tarifa de impuesto.
  • Este será deducible en el impuesto sobre la renta siempre que se pague oportunamente previo a la presentación de la declaración.
    • Impuesto de normalización tributaria. En caso que se repatrien los recursos al país y sean invertidos con vocación de permanencia en el país, para el año 2022 se le aplicará una tarifa del 17%. La base gravable del impuesto se reducirá́ al 50%. Este impuesto no será deducible del impuesto sobre la renta, los activos omitidos deberán incorporarse patrimonialmente en la declaración de renta, no tendrán efectos de comparación patrimonial ni renta líquida gravable. Tampoco serán tenidos en cuenta para Información Exógena, sanciones en IVA, Activos en el Exterior ni régimen de Precios de Transferencia.

 

  • Impuesto temporal y solidario a los ingresos altos: Personas naturales con ingresos mensuales iguales o superiores a $10.000.000 se liquidará el impuesto descontando únicamente el pago asociado a la seguridad social. Este se recaudaría por medio de retención en la fuente. Este impuesto está propuesto desde el segundo semestre de 2021 y no podrá́ ser tratado como costo o gasto, sin embargo, podrá ser tratado como descuento tributario hasta el 50% en el año 2021 y el excedente en los años siguientes.

 

  1. La pensión de jubilación, invalidez y vejez, que exceda los $58.092.800 anuales (1.600 UVT) se encontrará gravada con impuesto sobre la renta y complementarios. Es decir, pensiones que excedan los $4.841.066 mensuales.

Estos son algunos de los aspectos tratados en el proyecto de reforma tributaria año 2021 para personas naturales, es importante entender cuales serían las consecuencias para la economía familiar de los cambios planteados.

Te recomendamos mantenerte informado y alerta ante la incertidumbre de lo que acontece en el país en materia económica, las tasas de desempleo en aumento y la posible reforma tributaria que promete incremento de impuestos, merecen toda nuestra atención.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll to Top